Audiencia pública analiza Proyecto de Ley 232 de 2024 para regular el transporte ferroviario en Colombia

  • La jornada reunió a autoridades nacionales y departamentales para discutir sostenibilidad, ordenamiento institucional e incentivos económicos en la red férrea.

(Cundinamarca, febrero 25 de 2026). La Gobernación fue sede de la audiencia pública del Proyecto de Ley 232 de 2024, espacio orientado a examinar el marco normativo que busca regular el transporte ferroviario de carga, pasajeros y mixto en el país.

Durante la sesión se abordaron lineamientos sobre sostenibilidad ambiental, estructura institucional, régimen económico e incentivos, así como criterios técnicos para la planeación y desarrollo de la infraestructura férrea.

La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas Mantilla, señaló que el país requiere una reglamentación actualizada que permita proteger los proyectos en ejecución y avanzar en la reactivación ferroviaria. Indicó además que se trabaja en la estructuración de la Agencia Férrea Nacional como parte del fortalecimiento institucional del sector.

El gerente de la Empresa Férrea Regional, Orlando Santiago Cely, afirmó que la iniciativa legislativa se articula con el trabajo técnico adelantado en los territorios y con los proyectos en ejecución en Cundinamarca.

Por su parte, el secretario de Movilidad, Diego Armando Jiménez Vargas, indicó que el país enfrenta un momento determinante para el desarrollo ferroviario y destacó que en el departamento existen obras en marcha en coordinación con el Gobierno nacional.

La audiencia incluyó un panel de autoridades y expertos que analizaron aspectos relacionados con intermodalidad, interoperabilidad, eficiencia y seguridad operacional. También se abrió un espacio de participación ciudadana para recoger aportes al articulado del proyecto.

La agenda se complementó con una muestra fotográfica sobre la historia ferroviaria del país y la presentación del libro “Un diablo al que le llaman tren”, del autor Javier Ortiz Cassiani.

El proyecto de ley busca establecer las condiciones para la prestación del servicio público ferroviario y definir los parámetros técnicos y administrativos para la estructuración y desarrollo de su infraestructura en la red nacional.

 

 

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