(Cundinamarca, 28 de julio de 2021). La Asamblea de Cundinamarca aprobó, en sesión ordinaria virtual en tercer debate, el proyecto de ordenanza 060 de 2021 que faculta Pro-tempore al Gobernador del Departamento, Nicolás García Bustos, para reglamentar el Fondo Cuenta de Cesantías del Departamento de Cundinamarca-Fondecun.
Lo anterior, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9 del artículo 300 de la Constitución Política de Colombia y de las facultades pro tempore otorgadas al gobernador por la Ordenanza 090 de 2011.
Es importante resaltar que uno de los objetivos es adecuar la nueva ordenanza a la normatividad vigente y aplicable como lo es el artículo 68 de la Ley 489 de 1998 en concordancia con el parágrafo del artículo 2 del Decreto 1582 de 1998, el cual indica que es competencia del empleador, en este caso, las entidades descentralizadas del Departamento, las que deben reconocer, liquidar y ordenar el pago de cesantías retroactivas de sus empleados.